str. 2En el contexto de la firma del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico (AP), que consagra los objetivos de dicho mecansimo así como su base institucional, se negoció -en una primera etapa- un conjunto de temas de carácter comercial, que se recogen en el Protocolo Adicional a dicho Acuerdo. El Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, cuya entrada en vigor se registró el 1º de mayo de 2016, representa el acuerdo comercial de la AP que coexiste junto a los derechos y obligaciones adquiridos bajo acuerdos multilaterales y bilaterales previos. El Protocolo complementa, mejora, actualiza y profundiza lo contenido en los acuerdos comerciales que los cuatro países de la Alianza del Pacífico mantienen entre ellos. Más aún, armoniza sus disposiciones y establece estándares comunes, particularmente en las disciplinas comerciales. Con ello se avanza en algunos de los objetivos delineados por los cuatro países, como el incrementar el comercio y la inversión intra Alianza del Pacífico; lograr economías de es cala y desarrollar cadenas de suministro más integradas respondiendo a las nuevas formas de organización de la producción mundial; e impulsar una mayor integración comercial en la región con miras a alcanzar niveles más elevados de competitividad en los mercados de terceros países, con especial énfasis en los del Asia-Pacífico.
str. 2- A partir del 1 de mayo de 2016, el 92% de los productos que se comercian entre los cuatro países ha quedado libre de aranceles. - Los productos restantes eliminarán sus aranceles en períodos de 3 y 7 años. - Un porcentaje reducido de productos altamente sensibles estarán sujetos a calendarios de desgravación de hasta 17 años. - El azúcar y algunos productos relacionados quedaron excluidos del trato preferencial.
str. 2Las reglas de origen permiten determinar cuándo un bien puede acogerse a las preferencias arancelarias. Dichas reglas varían según el acuerdo comercial; por ello el productor/exportador de un bien puede verse obligado a elaborar su producto de diferentes maneras para cumplir con las diversas reglas. En la Alianza del Pacífico se negociaron reglas de origen únicas, simples y que en general bus can tanto la integración regional, como las flexibilidades en casos en que los insumos no se encuentren entre los miembros de la AP.
str. 3Por último, se estableció un mecanismo de acumulación que permitirá diversificar la cadena de pro veedores, así como desarrollar encadenamientos productivos y la integración comercial en el marco de la Alianza del Pacífico.
str. 3El capítulo contiene disposiciones que van más allá de los compromisos asumidos en los acuerdos comerciales bilaterales e incluso de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Se destacan las disciplinas en materia de transparencia, procedimientos de evaluación de conformidad y cooperación regulatoria, entre otras. Además, se crea un Comité OTC, que permitirá monitorear e implementar las disposiciones del presente acuerdo, profundizar los temas de interés de los cuatro países y abordar problemas comerciales. Adicionalmente se ha desarrollado un trabajo en materia de cooperación regulatoria en los sectores cosméticos y medicamentos, para que a partir del intercambio de información y experiencias entre las agencias reguladoras, se pueda trabajar en iniciativas que fomenten la convergencia, armonización, reconocimiento mutuo y equivalencia en estas dos áreas 1 . Cabe resaltar que en ambos casos, fue el sector privado de los cuatro países el que empujó la agenda de cooperación, buscando facilitar el comercio de sus productos dentro de la Alianza del Pacífico. 1 En el caso de medicamentos, el resultado concreto de este proceso de cooperación regulatoria se tradujo (en junio de 2013) en la firma del 'Acuerdo Interinstitucional de Cooperación entre las Autoridades Sanitarias de los Países de la Alianza del Pacífico', donde se establecen las bases de cooperación para facilitar los procesos de registro sanitario de medicamen-
str. 4El objetivo del capítulo es aumentar la transparencia en la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias, fortalecer el uso de base científica en dichas medidas y mejorar la comunicación entre agencias competentes de los cuatro países. Se crea además un Comité MSF, el cual servirá para monitorear e implementar las disposiciones del acuerdo, profundizar temas de interés, y abordar problemáticas comerciales cuando se susciten.
str. 4- Actuar en forma más rápida e informada en las investigaciones de infracciones aduaneras, por la vía del intercambio de información entre las autoridades aduaneras. - Agilizar el despacho de mercancías, utilizando estándares internacionales y automatizando la información. - Simplificar procesos aduaneros, facilitando así el despacho de las mercancías. Además este capítulo incluye:
1. Acuerdos de reconocimiento mutuo de los operadores económicos autorizados entre los países de Alianza del Pacífico. 2. Interoperabilidad de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior de los cuatro países, comenzando en una primera etapa con los certificados sanitarios. El Protocolo Comercial AP facilita el intercambio de información entre los cuatro países en materias diversas.
Se actualizan los estándares en los acuerdos ya existentes (no todos los países tenían entre sí acuerdos en la materia) en términos de transparencia, trato nacional y no discriminación, procedimientos de impugnación y uso de medios electrónicos en los procesos de contratación. Además, se resalta la inclusión de normas y acciones que faciliten y promuevan la participación de las MiPymes en las contrataciones públicas de los países de la Alianza del Pacífico. También se amplía la cobertura de los acuerdos existentes, aumentando el número de entidades cubiertas y/o eliminando reservas y exclusiones hasta la fecha existentes.
str. 4Este capítulo busca proteger el comercio transfronterizo de servicios, así como a los inversionistas y las inversiones que tengan en otro de los países de la Alianza del Pacífico. Ambos capítulos, actualizan los estándares de protección de la inversión y de liberalización de los servicios que se contenían en los acuerdos comerciales vigentes, y que en algunos casos tienen más de una década de vigencia.
str. 4Este capítulo garantiza a las empresas de telecomunicaciones de los cuatro países, poder prestar servicios de telecomunicaciones en la región Alianza del Pacífico, en condiciones de libre competencia, y en relación a los proveedores dominantes. Por ejemplo, se aseguran aspectos tales como la interconexión entre empresas de telecomunicaciones, la portabilidad numérica, el acceso a la infraestructura y la independencia del regulador.
str. 4Se regularizan las transacciones electrónicas de bienes y servicios, incluidos los productos digitales, para garantizar su seguridad y eficiencia. Se promueve el comercio sin papel y la regulación adecuada de la autenticación electrónica y los certificados digitales. Además, se hace permanente el compromiso de no aplicar aranceles aduaneros los productos digitales.
str. 4Se otorga certeza jurídica para los inversionistas y prestadores de servicios de los cuatro países en el sector financiero (banca y seguros), consolidando la legislación vigente de cada país, manteniendo el nivel de apertura comercial y de protección tanto para la prestación del servicio como para la inversión en instituciones financieras.
str. 4Se facilita el transporte marítimo internacional y los servicios conexos a éste, mediante el otorgamiento de un trato no discriminatorio a los buques de la AP en sus puertos, el reconocimiento de la documentación de los buques y de su tripulación, así como la evaluación de estrategias conjuntas para mejorar la competitividad del sector y la cooperación.
str. 4Procedimiento ágil y expedito aplicable a la prevención o solución de controversias entre las Partes relativas a la interpretación, implementación o aplicación del acuerdo. El mecanismo contempla la posibilidad que los países de la AP que no sean parte en una disputa, puedan intervenir como 'terceros' para la defensa de sus intereses.